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:: ¿Por qué y para qué es la rendición de cuentas del Presidente?
¿Por qué y para qué es la rendición de cuentas del Presidente?

Por: José Rijo Presbot/Acento - 24/02/2015

Los recientes acontecimientos que se han dado en nuestro país no son más que el nivel de decadencia ética, moral e institucional que ha devenido por la instauración de un sistema sin consecuencias, sin contrapesos, sin una verdadera separación e independencia de los poderes públicos.

De aquí me permito citar a uno de los más destacados escritores latinoamericanos, el uruguayo Don Eduardo Galeano, quien establece en su pensamiento “un frente común contra la pobreza, la miseria moral y material, la hipocresía de un mundo que sigue abriendo cada vez más distancias entre los que tienen y los que no tienen”.

Frente este mundo corrompido y desigual, Eduardo Galeano nos dice: “La impunidad es un premio al delito, induce su repetición y le hace propaganda: estimula al delincuente y contagia su ejemplo”.

Es lo que se vive lamentablemente en nuestro país, con una corrupción que se ha enraizado como estructura mental, proveniente de la no conciencia de límites entre lo individual y lo social, entre lo particular y lo colectivo, constituyéndose en un aprendizaje de la persona, aprendiendo desde sus líderes, por ausencia de modelos.

Por lo tanto, hoy más que nunca exigimos trasparencia, rendición de cuentas, entendida esta como “la obligación de todos los servidores públicos de dar cuentas, explicar y justificar sus actos al público, que es el último depositario de la soberanía en una democracia”.

“La rendición de cuentas es el requerimiento para que los representantes den cuenta y respondan frente a los representados sobre el uso de sus poderes y responsabilidades, y actúen como respuesta a las críticas o requerimientos que les son señalados y acepten su responsabilidad en caso de errores, incompetencia o engaño”.

Actualmente el problema del control del gobierno adquiere relevancia en el contexto de la corrupción e impunidad, por las deficiencias de los órganos constitucionales de control gubernamental y sus efectos sobre el nepotismo, la desviación de recursos, el daño moral, el oportunismo de políticos.

Estos factores no solo influyen en la ineficiencia del gobierno en sí mismo, sino, desprestigian y debilitan los esfuerzos de democratización y el papel del propio gobierno y de las políticas públicas para mejorar la asignación de recursos y la distribución del ingreso.

Es lamentable que nuestro Congreso, en uno de los momentos más estelares del Control y la Fiscalización de los recursos públicos, como es la rendición de cuentas del Sr. Presidente, haya sido siempre un simple espectador frente al discurso, normalmente de promoción política del gobernante de turno.

Conforme al artículo 128.2.f, constitucional, cada 27 de febrero, el Presidente de la República debe rendir cuenta ante el Congreso Nacional, sujeto a lo establecido en el artículo 114, el cual dispone que la misma debe hacerse sobre la administración presupuestaria, financiera y de gestión ocurrida en el año anterior”.

Es decir, que como el Congreso Nacional, mediante la aprobación de la ley No. 155-13, de Presupuesto General del Estado para el 2014, autorizó al Presidente a utilizar los recursos públicos recaudados para determinados gastos, el mismo debe explicar el nivel de cumplimiento de esta ley, para qué y en qué los utilizó, así como las metas logradas.

Nosotros quisiéramos ver el próximo 27 de febrero, al Señor Presidente Danilo Medina ajustarse al mandato constitucional y hacer una rendición de cuentas del presupuesto ejecutado sobre la base del aprobado en el año 2014; y al Congreso Nacional, examinar, estudiar, evaluar y decidir sobre el cumplimiento o no de la ley de Presupuesto General del Estado de 2014, y aprobarlos si fueron ajustados a la Constitución y a las leyes, como lo ordena el artículo 93.2.d, de nuestra Constitución.

Cabe destacar que esta es una relación legal y por lo tanto no jerárquica, ni de sumisión del Legislativo frente al Ejecutivo. En esta “rendición de cuentas ambas partes son autónomas y se trata de un acuerdo judicial entre legisladores y administradores públicos”.

Para afianzar el Estado Social y Democrático de Derecho urge el apego a la Constitución y a las leyes, donde la separación e independencia de los poderes públicos exige la no delegación de responsabilidades.

Necesitamos un amplio detalle de la ejecución presupuestaria, no un discurso político.

La transparencia no es una opción.



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